- Medida rige a partir de este martes de 10:00 a.m. a 5:00 a.m.
Como parte de las medidas que toma el gobierno por el Covid- 19 a partir de este martes entra a regir la restricción vehicular sanitaria, sin embargo hay algunas excepciones que se detallan a continuación:
- Vehiculos de transporte de mercancía o carga.
- Transporte público (taxi, buses, tranporte a aeropuertos, etc).
- Persona de sector público o privado con jornada laboral que coincida con el horario.
- Vehiculos que presten servicio y abastecimiento de combustibles.
- Camiones recolectores de basura o camiones de constructoras que necesiten ejercer su trabajo.
- Vehículos oficiales de atención de emergencia y cuerpos policiales.
- Personal de soporte a servicios públicos (ICE, AYA, Incofer). Vehículos del MOPT y Conavi.
- Vehículos de funerarias que deban dar el servicio.
- Vehículos a domicilio (comidas, farmacia, veterinarias)
- Vigilancia privada o transporte de valores.
- Vehiculos particulares del personal de servicios de emergencia (deben portar uniforme o carnet)
- Personal de los poderes de la República que necesiten desplazarse.
- Vehículos de misiones internacionales.
- Personal de servicios de salud que coincida con franja horaria.
- Personal indispensable para funcionamiento de servicios de telecomunicaciones, personal de la prensa y medios de comunicación.
- Vehiculo particular con una emergencia de una persona.
Además, los trabajadores independientes que se desempeñen en esas horas deberán portar un documento que respalde su trabajo y constancia laboral.
Medida rige a partir de esta noche, además, que se continuará con la restricción vehicular diurna.
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