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Más de dos mil conductores han sido multados debido a la restricción vehicular por placas

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  • Medida rige de 6 am a 7 pm, de lunes a viernes, en el casco central de San José, delimitado por la ruta de Circunvalación.

Con un promedio mensual de 799 boletas, la restricción vehicular por placas, vigente de nuevo desde el pasado 7 de marzo, acumula al 31 de mayo un total de 2.397 multas de ¢24 mil colones.

La sanción aplica para cada vehículo un día a la semana, entre semana, según el último dígito de la placa, sea el 1 o el 2 los lunes y así sucesivamente, finalizando con la 9 y la 0 para los viernes, recordó Alexander Solano Quirós, Director de la Policía de Tránsito.

“Lo primero que tenemos que destacar, al cabo de estos tres meses, es que la restricción actual no tiene relación con la sanitaria, en el sentido de horarios y excepciones. La restricción por placas solo aplica en el casco central de San José, delimitado, principalmente, por la ruta de Circunvalación, se aplica de 6 am a 7 pm y la multa de ¢24.000 no implica acumular puntos”, aclaró el funcionario.

Imagen de archivo | Diario el Ciudadano

Las autoridades piden a los conductores que respeten la medida, para evitar multas (15% de descuento por pronto pago en los 10 días hábiles posterior a su registro en el sistema) y les solicita tener claras cuáles son las excepciones. Ir al trabajo, con una carta del patrono es una de las excepciones que muchas personas siguen creyendo que son válidas, pero no es así, recalcó Solano.

La actual restricción, con sus diferentes cambios, rige desde el año 2005, con excepción del periodo abril 2020-marzo 2022, cuando lo que aplicó fue la limitación de paso por razones sanitarias, en torno a la pandemia por Covid-19, de ahí que persistan algunas ideas erradas en torno a la actual restricción, al confundirla con la vinculada a temas de salud pública.

Excepciones de la restricción por placas en San José
-Todos los vehículos policiales y de atención de emergencias.
-Todos los vehículos de transporte público, incluso los de servicios especiales, turismo y de estudiantes.-Vehículos que transportan personas con discapacidad, debidamente identificados.       
-Motocicletas. 
-Vehículo que transportan cemento fresco.
-Vehículos rentados.
-Vehículos de carga liviana que transporten productos perecederos (deben probarlo con la documentación del caso).
-Vehículos con ocupación plena (4 ocupantes al menos, en cuenta el conductor) podrán circular de 6 am a 8 am y de 4:30 pm a 7 pm.
-Cuando en una casa se tienen 2 o más vehículos con restricción el mismo día, a nombre de una misma persona física o de cónyuges o de convivientes, podrán gestionar el traslado de la restricción para el día siguiente para uno de los vehículos.
-No se aplica en días feriados.
-Vehículos amigables con el ambiente, como los carros eléctricos.
 -Vehículos de carga pesada.

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